Carrera Docente

La solicitud de evaluación a carrera docente se realiza en el marco de la ORD. HCS Nº 06/08 (TO RR-2018-1933-E-UNC-REC) y  OHCD N°04/2014

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CONVOCATORIA A CARRERA DOCENTE 2026

Se deben postular aquellos docentes cuyos vencimientos caigan entre las siguientes fechas:

.- Entre el 01/11/2025 y 28/02/2026 deberán presentar su solicitud de evaluación antes del 31/10/2025: (Listado de docentes)

.- Entre el 01/03/2026 y 31/10/2026, deberán presentar su solicitud hasta el 28/02/2026. (Listado de docentes


REQUISITOS

Para efectuar la evaluación del desempeño docente es indispensable que el evaluado haya ejercido efectivamente la docencia en ese cargo al menos durante el 60% del periodo por el que fue designado, salvo lo dispuesto en el Art. 23:

“En el supuesto que un docente durante la vigencia de su designación en el cargo respecto del que se lo evalúa haya sido nombrado interinamente en un cargo docente de mayor jerarquía en esta Universidad y se Ie hubiera otorgado con tal motivo licencia en el primero, la evaluación deberá realizarse conforme las pautas y criterios correspondientes a cada cargo docente efectivamente desempeñado durante los respectivos períodos, siempre que entre los cargos efectivamente desempeñados complete al menos el 60% (sesenta por ciento) del periodo sujeto a evaluación.

Para el caso en que un docente durante la vigencia de su designación en el cargo de evaluación se le hubiere otorgado licencias por enfermedad de largo tratamiento y/o accidentes severos, por un período mayor a los 180 (ciento ochenta) días corridos, autorizadas con arreglo a la normativa vigente respectiva y por la autoridad competente según corresponda, el período de licencia concedido producirá efecto suspensivo sobre el término en el que debe estimarse el porcentaje de docencia previsto en el Art. 4°.

Antes del vencimiento los docentes deberán presentar la solicitud de evaluación, incluyendo el Plan de Actividades Académicas para el nuevo período, y los antecedentes documentales que respaldan los informes mencionados en el Art. 15. Asimismo, podrán incorporar un informe propio que sintetice su actuación como docente universitario durante el período en consideración.


PASOS PARA POSTULAR

La presentación se realiza mediante SIGEVA UNC y además se debe iniciar expediente por Mesa de Entradas: mesanotificacion@artes.unc.edu.ar 

  • Paso: Presentación en SIGEVA UNC
  • Completar y actualizar desde el rol de Usuario Banco de Datos SIGEVA UNC (CV).
  • Solicitud de evaluación por SIGEVA UNC. (Desde el rol: Usuario Presentación/Solicitud)
  • Adjuntar en SIGEVA:
  • Plan Quinquenal anterior, en el caso que el cargo sujeto a evaluación haya sido evaluado anteriormente, si es la primera vez que se evalúa no corresponde. 
  • Resolución de designación del cargo sujeto a evaluación (RHCD y RHCS) o Resolución HCS de renovación de la última evaluación del cargo a evaluar. En caso de no conocer dicha resolución realizar la consulta a concursos@artes.unc.edu.ar
  • Clickear en “Enviar presentación”, se generará un pdf con un código de barra.

Aclaración: Lo referido a encuestas estudiantiles; informes de las Secretarías e Informes docentes se incorporarán desde las áreas involucradas de la Facultad y serán supervisadas por Secretaría Académica.

  •  Paso: Inicio del expediente por Mesa de Entradas

Se envía correo electrónico desde la cuenta institucional @unc.edu.ar a: mesanotificacion@artes.unc.edu.ar

Asunto del correo electrónico: Prof. APELLIDO, Nombre – Renovación de cargo por Carrera Docente 2026.
Texto del correo electrónico

Por la presente  solicito se inicie expediente correspondiente a la renovación de mi cargo de Prof. NOMBRE COMPLETO, DNI, CARGO Y DEDICACIÓN (en caso de dudas consultar con concursos@artes.unc.edu.ar)  para lo cual adjunto:

  1. Presentación en SIGEVA UNC (se descargar del sigeva en formato pdf, al final de la página hay código de barra)
  2. Plan Quinquenal nuevo. Si corresponde, también el anterior.
  3.  Resolución de designación en pdf.
  4. Documentación respaldatoria: sólo del período a evaluar, digitalizado en un único archivo formato pdf en baja resolución. No debe superar los 25 MB. En caso de mayor peso se recomienda previamente realizar la compresión del archivo.
  5. En el caso de corresponder, la propuesta superadora.

Al final del correo electrónico, la leyenda: Asimismo declaro que toda la documentación digitalizada corresponde a documentos originales que obran en mi poder. 


LA EVALUACIÓN DE CARRERA DOCENTE

La evaluación la realiza un comité evaluador conformado por:

4 docentes: Prof. regulares de esta universidad u otra universidad nacional en el área de evaluación o especialistas destacados. Uno/a ajeno/a a la UNC, Uno/a de otra unidad académica de la UNC sin ser especialista en el área y dos docentes de esta facultad; 

1 estudiante: de carrera del área o carrera afín con 50% de materias aprobadas; y 

1 veedor/ra egresado/a: Con voz y sin voto.

Los Comités Evaluador se elaboran de acuerdo a las siguientes áreas:

  1. Producción y Prácticas Artísticas
  2. Formación Docente en Artes
  3. Histórico Cultural
  4. Investigación y Análisis en Artes

Cada uno evalúa hasta 15 docentes por año. Son designados por el HCS según lo propuesto por Secretaría Académica y aprobación del HCD. 


COMITÉ EVALUADOR

Histórico Cultural CD 2026:

Formación Docente en Artes CD 2026:

Investigación y Análisis en Artes CD 2026:

Producción y Prácticas Artísticas I  CD 2026:

Producción y Prácticas Artísticas II CD 2026:

Recursos

Art 10.- Los integrantes del Comité Evaluador y sus suplentes podrán ser recusados y deberán excusarse cuando se verifiquen las causales establecidas al efecto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Podrán también ser recusados por no reunir las calidades exigidas estatutariamente. No se admitirán recusaciones sin expresión de causa. 

La recusación deberá ser presentada dentro de los diez (10) días posteriores a la primera publicación de la nómina de integrantes del Comité Evaluador en el Boletín Oficial Electrónico de la Universidad. La fecha de inclusión en el Boletín Oficial Electrónico deberá ser certificada por la Prosecretaría de Informática de la Universidad. 

EI recusante en su presentación deberá ofrecer toda la prueba de la que pretenda valerse, acompañando la instrumental y documental que obren en su poder.

De la recusación y de la prueba ofrecida se correrá traslado al recusado por el término de cinco (5) días, quien dentro de ese plazo deberá contestarla.

EI incidente de recusación será resuelto por el H. Consejo Superior dentro de los quince (15) días a partir de la presentación del descargo y será irrecurrible, salvo en caso de nulidad por defectos formales en el procedimiento.

El dictamen del Comité Evaluador consignará la calificación de cada uno de los módulos así como la calificación final del docente. 

La calificación final del docente podrá ser:

  • Satisfactorio: Se renueva la designación por cinco años.
  • Satisfactorio con observaciones: Debe presentar una propuesta que supere las observaciones detalladas en el plazo de 15 días hábiles. Se renueva la designación por dos años.
  • No Satisfactorio: Se debe llamar a concurso. 

La evaluación deberá atender a los siguientes aspectos:

  • Módulo Docencia
  • Módulo Investigación, Creación Artística o Innovación Tecnológica
  • Módulo Extensión
  • Módulo Práctica Profesional / Asistencial
  • Módulo Gestión y Participación Institucional
  • Módulo Formación de Recursos Humanos

Será condición necesaria, aunque no suficiente, que la evaluación del módulo docencia sea calificada como “Satisfactoria”, para que la evaluación en su conjunto sea aprobada. Para los cargos de dedicación Exclusiva y Semiexclusiva, será condición necesaria, aunque no suficiente que sea calificado como “Satisfactorio” el módulo de Investigación/creación artística o el módulo de extensión. Para los cargos de dedicación simple la evaluación del módulo docencia deberá considerar especialmente la actualización académica del evaluado. 

Para considerar “Satisfactorio” el Módulo Investigación será condición necesaria, más no suficiente, que el docente participe en calidad de director, codirector o integrante de un proyecto acreditado y evaluado por organismos habilitados. 

Para considerar “Satisfactorio” el módulo Extensión será condición necesaria, más no suficiente, que el docente realice actividad de extensión debidamente acreditada por la Secretaría de Extensión correspondiente. La evaluación de actividades extensionistas no acreditadas por la S.E. de la FA y con constancia presentada por el profesor, quedará a criterio del comité evaluador.


REGLAMENTACIÓN

Renovación de las designaciones por concurso de los Prof. Regulares y de los Prof. Auxiliares de la UNC: ORD. HCS Nº 06/08 (TO RR-2018-1933-E-UNC-REC

Regulación de evaluaciones de desempeño docente en el ámbito de la Fac. de Artes: OHCD N°04/2014 

Estatuto de la Universidad Nacional de Córdoba

Requisitos para ser designado Prof. Plenario/a: Ordenanza HCS N° 12/1989


CONTACTO

Por consultas comunicarse a: concursos@artes.unc.edu.ar

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