Mesa de Trabajo de Género y Poblaciones Prioritarias

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> ¿Dónde denunciar situaciones de violencia de género en la UNC?
Protocolos de Accesibilidad de la UNC 

Trámite para actualizar el nombre elegido según la identidad de género autopercibida 

> Beca para la obtención y/o rectificación de título de personas transexuales, travestis, transgénero egresades en la FA

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La Mesa de GyPP

La Mesa de Género y Poblaciones Prioritarias de la Facultad de Artes es un espacio de encuentro y socialización para promover prácticas inclusivas de respeto en derechos humanos, con perspectiva de género. Fue creada para prevenir; acompañar e intervenir ante diferentes situaciones: violencia de género; discriminación a personas trans; consumo problemático y discapacidad. Está abierta a toda la comunidad de la FA y cuenta con un equipo de profesionales que coordina la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y Académica. 

¿Qué temas abordamos?
  • Violencias por razones de género, expresión, identidad autopercibida u orientación sexual.
  • Demandas e inquietudes de mujeres, lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros, transexuales, travestis, no binarias, queers, intersex y otras identidades sexo genéricas (MLGBTTTNBQI+).
  • Derechos sexuales y (no) reproductivos.
  • Inclusión educativa ante situaciones de discapacidad.
  • y situaciones vinculadas a la salud mental.
¿Qué realizamos en este espacio?

– Acciones de prevención, sensibilización, formación y difusión 

– Recepción de consultas, asesoramiento, acompañamiento -en la medida en que la persona lo requiera- e intervención institucional.

– También articulamos con el Centro de Estudiantes y con diferentes áreas de las facultades y de la UNC.

¡No estás solx! 

Promovemos el encuentro entre quienes somos parte de la facultad, organizando actividades y participando de talleres, conversatorios, campañas de difusión, adhesiones e intervenciones artísticas.

¿Cómo participar?

Si sos docente, estudiante, nodocente o egresado/a/e de la FA podés acercarte a conversar con el equipo de profesionales de la Mesa: la Lic. en Trabajo Social Daniela Coseani (M.P. 1-A4039) y la Lic. en Psicología Daniela Bustos (M.P. 12938), quienes trabajan en el diseño y desarrollo/coordinación de actividades de sensibilización, difusión y prevención ante las violencias de género y situaciones problemáticas referidas a poblaciones prioritarias en el ámbito de la FA.

 

¿Cómo y dónde consultar y/o denunciar situaciones de violencia de género en la UNC?

Si viviste una situación de violencia o discriminación por razones de género en el ámbito de la UNC, es importante que sepas que desde la Mesa de Género y Poblaciones Prioritarias de la FA podemos acompañarte a realizar la denuncia a la Oficina responsable de tomarla. 

Oficina del Plan de acciones y herramientas para prevenir, atender y sancionar las violencias de género en el ámbito de la UNC:

Tel. 0351 – 5353629  y WhatsApp 351 652 1473

Correo electrónico: violenciasdegenero@seu.unc.edu.ar

¿Cuál es el plan?

Este Plan de Acciones fue aprobado por el Honorable Consejo Superior de la UNC en el año 2015 (Resolución Nº 1011/15). Se basa en las nuevas leyes e investigaciones que nuestro país y la UNC han producido en los últimos años: Ley Nacional N° 26.485; Ley Nacional N°26.743; Declaración de Derechos Estudiantiles; Ordenanza de respeto a la Identidad de Género Autopercibida, entre otros avances en materia de ampliación de derechos humanos. Es importante que conozcas tus derechos y las herramientas con que contás para defenderlos. ¡Compartí con tus compañerxs esta información!

1. Objetivo del Plan: promover en la comunidad universitaria un ambiente libre de violencias de género y discriminación de cualquier tipo por razones de género y/o identidad sexual.

2. Destinatarios/as/es: Toda la comunidad universitaria, docentes, no docentes y estudiantes, de pregrado, grado, posgrado, de oficios y de los diferentes programas de la UNC; investigadoras/es, becarias/os o egresadas/os/es, vinculados/as/es a la Universidad mediante beca, adscripción, equipo de investigación o extensión, y que pertenezcan en su condición a cualquiera de las unidades académicas, colegios preuniversitarios o dependencias de la UNC, incluyendo museos, hospitales, bibliotecas, observatorios, Área Central, Complejo Vaquerías y Campo Escuela. Como asimismo personas que presten servicios en los ámbitos de la UNC.

3. Líneas de Acción: 
-Prevención: sensibilización, capacitación, información e investigación. 
-Sistematización de información y estadísticas. 
-Intervención institucional ante situaciones o casos de violencias de género.

4. Principios rectores de la atención a personas afectadas por violencias de género: 
a) Gratuidad 
b) Respeto 
c) Confidencialidad 
d) Contención 
e) No revictimización 
f) Diligencia y Celeridad

5. Situaciones o casos de violencias de género: 
a) Uso de palabras escritas u orales que resulten discriminatorias, hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba. 
b) Agresiones físicas, acercamientos corporales u otras conductas físicas y/o sexuales, indeseadas u ofensivas para quien los recibe. 
c) Requerimientos sexuales que impliquen promesas implícitas o expresas de un trato preferencial respecto de la situación actual o futura de estudio/trabajo, proyecto de investigación o extensión, de quien las recibe. 
d) Requerimientos sexuales que impliquen amenazas, implícitas o expresas, que provoquen daños o castigos referidos a la situación, actual o futura, de empleo, estudio, utilización o participación en un servicio administrativo, proyecto de investigación o acción social, de quien la recibe. 
e) Hechos de violencia sexual descritos bajo la rúbrica «Delitos contra la Integridad Sexual» ubicados en el Libro Segundo, Título III del Código Penal argentino, denominados «abuso sexual simple», “abuso sexual calificado», «abuso sexual con acceso carnal» o los que en el futuro pudieren tipificarse. 
f) Hechos de violencia sexual no descritas en los términos del artículo 119 y sus agravantes del Código Penal argentino y que configuren formas de acoso sexual.
g) Acoso sexual: todo comentario reiterado o conducta con connotación sexual que implique hostigamiento y/o asedio que tenga por fin inducir a otra persona a acceder a requerimientos sexuales no deseados o no consentidos.

Las situaciones presentes no limitan otras que pudieran surgir y tendrán que ser analizadas en su particularidad.

6. Consultas y denuncias
Deben ser realizadas en la Oficina del Plan, por la persona interesada o por alguien con conocimiento directo de los hechos, en forma personal, telefónica, o por correo electrónico. Serán receptadas por personas capacitadas para ello. Se garantizará un espacio físico adecuado para la privacidad de las persona. Será respetado el hecho de que por alguna causa la persona denunciante prefiere que otras personas no estén presentes. Y se tramitará apoyo psicológico a la personas denunciantes, si así lo requieran.
La persona que denuncia deberá exponer las circunstancias, lugar, tiempo, partícipes y todo elemento que pueda conducir a la comprobación del hecho. Se conformará un acta de denuncia donde conste fecha, nombre y apellido documento y domicilio de la de persona que denuncia así como la declaración efectuada y las pruebas testimoniales o documentales si las hubiere. El acta será leída en voz alta y firmada por todas las personas partícipes en el acto. En el caso que la persona denunciante lo considere la denuncia podrá ser ampliada.
En caso de realizarse una denuncia, ésta será remitida a la Fiscalía Permanente de la UNC para que inicie una investigación.

Importante: 
– Es responsabilidad de todas las personas que tomen conocimiento por situaciones de violencias de género la derivación y el acompañamiento a la Oficina del Plan. 
– La denuncia realizada allí no limita o excluye de la realización de una denuncia en unidades judiciales de distrito, en la línea gratuita o en la unidad judicial de violencia familiar de la provincia de Córdoba.          

7. Régimen sancionatorio
En caso de que se determinara culpable de ejercer cualquier tipo de violencia a la o las personas acusadas, se sancionarán según consignan los artículos del punto 5 del Plan de Acciones, en acuerdo con lo establecido por el reglamento de investigaciones administrativas aprobado por el Honorable Consejo Superior de la UNC.
En el caso de que la sanción sea aplicada a uno o más estudiantes, se respetará su derecho a la educación establecido en la declaración 8/2009 de Derechos Estudiantiles.
En todos los casos, la reincidencia se considerará un agravante y se atenderán a las circunstancias de tiempo, lugar y modo para el encuadramiento de la conducta.

Breve información sobre los Protocolos de Accesibilidad de la UNC

Nuestra universidad cuenta con cinco protocolos de accesibilidad aprobados por el Honorable Consejo Superior y elaborados por la Oficina de Inclusión Educativa de Personas en Situación de Discapacidad de la UNC de manera participativa a través de talleres y reuniones junto a profesionales de  las diferentes unidades académicas, integrantes de equipos técnicos, estudiantes en situación de discapacidad, funcionarios/as de la UNC y especialistas externos/as.

Este conjunto de documentos institucionales funciona como un marco referencial integrado por pautas que establecen y unifican criterios para que cada unidad académica pueda definir, sistematizar y priorizar pautas de accesibilidad con el objetivo de garantizar a todas las personas el derecho a participar de la vida universitaria en condiciones de equidad.

En cada documento se encontrarán algunas orientaciones a la práctica docente, que pueden complementarse con la asesoría pedagógica de la Oficina en caso de ser necesario habida cuenta de la heterogeneidad y singularidad que se puede reconocer en la población estudiantil. A continuación se detalla sobre cada uno de los documentos  junto a los enlaces respectivos al Digesto de la UNC:

– Protocolo de Actuación sobre Estrategias Pedagógicas Inclusiva (resolución y anexo) 
​- Protocolo de Actuación para las Situaciones de Evaluación (resolución y anexo) 
– 
Protocolo de Actuación sobre la Accesibilidad Comunicacional (resolución y anexo)  
– Protocolo de Uso de Espacios Comunes  
– Pautas de Accesibilidad en Espacios Urbanos y Edilicios en el ámbito de la UNC

Consultas a: Oficina de Inclusión Educativa de Personas en Situación de Discapacidad – SAE – UNC. Email: inclusioneducativa@sae.unc.edu.ar

Informe 2020 – 2023 > click aquí

Informe agosto 2018 – julio 2019 > click aquí 

Cartas sobre la Mesa – Ciclo de divulgación sobre artes y género > ver aquí


Beca para la obtención y/o rectificación de título de personas transexuales, travestis, transgénero egresades en la FA

Se trata de una ayuda económica para estudiantes y egresades trans que no puedan afrontar el gasto que implica la impresión del título o la reimpresión del mismo. 

Es una iniciativa de la Mesa de Género y Poblaciones Prioritarias de la FA aprobada en el Honorable Consejo Directivo de la facultad (RHCD 91/2021). Busca ser un aporte para la terminalidad educativa, y un aspecto clave para la inserción laboral. 


Contacto

Correo electrónico: mesadegeneroypp@artes.unc.edu.ar

Horarios de atención 2023: lunes, martes y viernes de 10 a 14 h.

Teléfono: 3517044193

 

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