Se aprobó un Procedimiento de readecuación de materias para el 1er semestre de 2020

La Facultad de Artes aprobó el «Procedimiento de readecuación de las materias de la FA» para el primer semestre del año 2020  (según RHCD 300/2019). Mediante la RD 237/2020, ad referendum del Honorable Consejo Directivo, se establecieron adecuaciones que son de carácter excepcional y tendrán validez mientras dure la emergencia sanitaria, y podrán ser reelaboradas una vez finalizado el aislamiento social preventivo y obligatorio.  

La resolución busca asegurar el derecho a la educación superior en un marco de equidad, resguardando derechos de estudiantes, sobre todo de quienes tienen problemas de conectividad y de acceso a la plataforma Aula Virtual, y derechos de trabajadores/as nodocentes y docentes. Contempla modalidades de trabajo de docentes cuyas materias precisan de un trabajo áulico especial, estableciendo marcos normativos.  En este sentido, se elaboraron adecuaciones para el trabajo docente y el régimen de estudiantes que permitan continuar los procesos de enseñanza/aprendizaje, en el marco de esta emergencia, de manera transitoria y mientras dure la excepcionalidad. 

Las adecuaciones son el resultado  de un proceso de evaluaciones y diagnósticos que viene realizando la Secretaría Académica, junto a las Direcciones de Departamentos Académicos, la Coordinación de los profesorados, la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y las autoridades decanales, a los fines de proponer adecuaciones a las propuestas programáticas de enseñanza y condiciones mínimas para alcanzar la acreditación de los diferentes espacios curriculares. A ello, se suman las consultas realizadas a representantes del claustro docente, nodocentes directores/as de áreas, representantes estudiantiles a través del centro de estudiantes, y al Honorable Consejo Directivo de la Facultad de Artes.

RD 237/2020 >> Descargar

La RD da por acreditado el dictado de clases a través del Aula Virtual de la Facultad de Artes, desde el 6 de abril de 2020, y establece que las actividades teóricas y teórico-prácticas realizadas en entornos virtuales no deberán ser dictadas nuevamente una vez que se restablezcan las actividades presenciales. Además, se prorrogan las regularidades de las/los estudiantes de la FA por cuatro épocas de exámenes (hasta diciembre 2020 inclusive).

Dada las características y perfiles de las carreras de Artes, también se establece que aquellas asignaturas que precisen de un trabajo áulico especializado (metodología taller, laboratorios, gabinetes de computación, prácticas interinstitucionales) podrán solicitar una extensión al plazo establecido en el artículo 3. Para ello, los/las Prof. Titulares, Asociados/as y Adjuntos/as deberán reprogramar las actividades presenciales contempladas en sus programas, pudiendo excepcionalmente reducir su número y/o duración, la cantidad de temas, y/o contenidos originalmente planificados, siempre y cuando se garanticen los contenidos mínimos establecidos en las resoluciones respectivas del Ministerio de Educación que reconocen las carreras de la FA.

El cierre del primer semestre del ciclo 2020 se extenderá un mes más a contarse a partir del levantamiento de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y/o de las disposiciones que permitan retomar las actividades en la UNC. De este modo, las secretarías y áreas de la FA deberán diseñar los procedimientos para que los recursos de la facultad sean destinados prioritariamente a las actividades presenciales de las asignaturas cuatrimestrales. Por su parte, los/las Prof. Titulares, Asociados/as y Adjuntos/as determinarán el proceso de trabajo durante ese lapso, debiendo comunicar la modalidad de asesoramiento y evaluación que implementarán durante ese mes, destinado a los/las estudiantes que se vieron imposibilitados de acceder a la plataforma «Aula Virtual» debido a problemas de conectividad. De esta manera, el inicio del segundo semestre comenzará una vez que culmine el primer semestre evitando la superposición de los mismos.

Por otra parte, refiere que los/as docentes deberán presentar una adenda al programa de la materia hasta el 30 de noviembre indicando las readecuaciones de los contenidos y la bibliografía obligatoria.

La condición de alumno/a regular se alcanza con la aprobación de un trabajo práctico y un parcial de manera presencial o virtual. La no realización de trabajos prácticos y parciales a través de la plataforma Aula Virtual no se considerarán como ausentes, por lo que las cátedras deberán tomar las
previsiones establecidas en el artículo 3°. Además, se deberán garantizar las instancias de recuperación de las evaluaciones de manera presencial o virtual a los fines de alcanzar la condición de regular.

Las cátedras de la FA cuyo dictado estaba previsto para el primer semestre de 2020 deberán incluir entre las evaluaciones previstas un examen parcial, presencial, final e integrador durante el período establecido en el artículo 3°.

La forma de acreditar la participación en las aulas virtuales será a través de la modalidad establecida por cada asignatura, pudiendo incluir actividades como: cuestionarios, resolución de problemas, entrega de tareas, participación en foros, teniendo en cuenta el contexto de accesibilidad de los alumnos. El criterio de la asistencia en la modalidad virtual no será tenido en cuenta para la condición final del estudiante.

Finalmente, los espacios curriculares que requieren instancias de prácticas interinstitucionales, se regirán por las pautas y acuerdos que en cada caso particular se establezcan entre los equipos de cátedras respectivos y la Secretaría Académica, tendientes a garantizar el desarrollo de las actividades y contenidos previstas para su acreditación.

 

Volver Atrás